“La región Nea logró un avance fundamental para la gestión ambiental; hemos logrado unificar los criterios para el Registro Provincial de Consultores Ambientales” informó el administrador general del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA) ingeniero Mario Rujana, tras la realización del tercer encuentro del COFEMA NEA que tuvo lugar en Formosa.
El pasado 20 de septiembre, los representantes de organismos ambientales de los gobiernos de Corrientes, Chaco y Formosa (con ausencia justificada de Misiones) definieron los criterios que se establecerán en cada provincia, para el Registro Provincial de Consultores Ambientales (RECPA), que posibilita regular de manera unificada los requisitos para los profesionales realizadores de Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), en el marco de cada normativa provincial
El encuentro tuvo lugar en la sala de reuniones de la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental del Ministerio de la Producción y Ambiente de la provincia de Formosa, a cargo del Dr. Hugo Bay.
Participaron de Corrientes el administrador general del ICAA ingeniero Mario Rujana, de la gerencia de Gestión Ambiental ICAA los profesionales María Luisa Zacarías y Federico Alegre; de Chaco en representación de la Subsecretaría de Producción y Ambiente María Fernanda del Cerro, Raúl Cáceres y Luciano Olivares; y de Formosa Jorge Neri González, Miriam Rodríguez, Aldo Cano, Graciela del Carmen Encina y Adriana Insfran.
Misiones, que no tuvo presente por problemas de agenda, tuvo activa participación en las dos reuniones anteriores -Chaco y Corrientes-, donde se aunaron criterios y establecieron definiciones, que permitieron intercambiar información y conocimiento acerca de los procedimientos aplicados en cada provincia y coincidir en la necesidad de contar con criterios consensuados para los registros provinciales, con el objetivo de fortalecer las realizaciones de los EsIA, documento técnico- científico eje de la gestión ambiental.
Los presentes dejaron plasmado en el acta firmada, la solicitud de adhesión de la provincia de Misiones, cuyo pedido estará a cargo del representante de la región NEA ante el Cofema, Dr. Hugo Bay.
Criterios adoptados
El Registro Provincial de Consultores Ambientales (RECPA) de las provincias del NEA establecerá que toda persona física o jurídica que resulte responsable de la realización de avisos, proyectos, planes de Gestión Ambiental, Estudios de Impacto Ambiental, Informes Ambientales, Auditorías Ambientales, etc. deberá estar inscripto en el mismo.
Los profesionales deberán cumplimentar determinados requisitos, entre ellos título universitario expedido por Universidad Pública Nacional o Privada o Extranjera debidamente revalidado certificado por autoridad competente, constancia de matrícula vigente si correspondiere en caso de tratarse de profesión de colegiación obligatoria.
Título de carrera de posgrado (especialización, maestría o doctorado, en alguna temática ambiental, certificados de capacitaciones trabajos efectuados, o en su defecto demostrar experiencia profesional en las áreas temáticas involucradas en los estudios ambientales y/o gestión en la materia ambiental
En caso de tratarse de personas jurídicas deberá designar para cada estudio un Coordinador Ambiental quien será el responsable del EsIA y velar por el cumplimiento estricto de las normas ambientales de acuerdo con las exigencias establecidas.
Los EsIA deberán ser realizados en forma interdisciplinaria, por lo cual aún cuando la inscripción sea de personas individuales las presentaciones de los EsIA deberán realizarse con la intervención de los profesionales que se requieran para el caso particular. El equipo interdisciplinario deberá estar dirigido por un Coordinador Ambiental quién deberá estar inscripto en el REPCA.
Los demás profesionales intervinientes podrán no estar inscriptos pero necesariamente deberán poseer título universitario y matrícula profesional vigente y rubricar el segmento realizado en el estudio de impacto ambiental.
El Coordinador Ambiental es el director del equipo interdisciplinario para la elaboración del documento ambiental, será responsable junto con el titular del emprendimiento por la veracidad de los datos del documento ambiental que tendrá carácter de declaración jurada.
Cada provincia establecerá además el Régimen de Sanciones e infracciones en el marco de las normativas vigentes. Las infracciones serán sancionadas con apercibimiento, suspensión del registro, multa, exclusión del Registro, comunicando esta determinación a otros registros similares que funcionen en el país sin perjuicio de las denuncias correspondientes ante la justicia ordinaria.
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