jueves, 29 de septiembre de 2011

Media sanción a adhesión a Ley sobre Trastornos Alimenticios

En la 27º Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores de Corrientes se dio media sanción a proyecto de adhesión a la Ley Nº 26.396, de Trastornos Alimenticios, propiciada por Gustavo Canteros; en el recinto, el senador Dos Santos como presidente de la Comisión de Salud fundamentó la importancia de la misma.

Al pedir la palabra David Dos Santos explicó que la adhesión contaba con el despacho favorable de la comisión que preside e indicó que dicha Ley propicia la creación del Programa Nacional de Prevención y Control de los trastornos alimentarios, además declara de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios para evitar su propagación.

También expresó que se establece la obligatoriedad de la cobertura del tratamiento por parte de las obras sociales y la medicina prepaga, que incluye tratamientos médicos necesarios, tanto los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos, farmacológicos y todas las prácticas médicas necesarias para una atención multidisciplinaria e integral de las enfermedades.

Otro aspecto importante de la Ley que resaltó Dos Santos fue la regulación de los anuncios publicitarios en medios masivos de comunicación de productos para bajar de peso, los mismos deben estar regulados por la autoridad de aplicación, que es el Ministerio de Salud de la Nación, establecido por la misma Ley; los anuncios publicitarios, y los diseñadores de moda, no deberán utilizar la extrema delgadez como símbolo de salud y/o belleza, ya que deben ofrecer una imagen más plural de los jóvenes.

La publicidad y/o promoción, a través de cualquier medio de difusión, de alimentos con elevado contenido calórico y pobres en nutrientes esenciales, deberá contener la leyenda "El consumo excesivo es perjudicial para la salud"; y queda prohibida la publicación o difusión en medios de comunicación de dietas o métodos para adelgazar que no conlleven el aval de un médico y/o licenciado en nutrición.

Por último destacó de entre los 23 artículos de la misma, la coordinación entre el Ministerio de Salud con el Ministerio de Desarrollo Social, para desarrollar estándares alimentarios para garantizar que los comedores escolares y los planes alimentarios nacionales velen por los aspectos nutricionales de la población atendida, poniendo especial énfasis en la corrección de las deficiencias o excesos de nutrientes, atendiendo las particularidades de la cultura alimentaria local.

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