Teniendo en cuenta el Decreto Provincial Nº 07/09 sobre Declaración de Emergencia Eléctrica en todo el ámbito de la Provincia de Corrientes, por el término de noventa días, prorrogables; y CONSIDERANDO que por la norma invocada se invita a los Municipios y sectores comerciales e industriales para que adopten medidas restrictivas y de racionamiento en el uso y consumo de la energía eléctrica a fin de lograr su utilización equitativa para todos los sectores de la sociedad.
En ese sentido, cabe mencionar que si bien en el ámbito de Municipio de Mercedes la situación es aún estable, existe alto riesgo de interrupciones periódicas del servicio eléctrico, siendo la causal mas apreciada el mal estado del tendido eléctrico interno, la falta de capacidad de transporte y la deficiente tensión en el suministro, la que se agravada ante el deterioro manifiesto de soportes y líneas provocadas por el factor climático actual.-
En atención a ello, se considera apropiado acompañar la propuesta Provincial en cuanto a la aplicación de medidas restrictivas específicamente detalladas en el Art. 6º de la norma Provincial, como así proponer una amplia difusión en el uso y adecuación de la energía eléctrica por este periodo estival y hasta tanto subsista la emergencia.-
Por todo esto El Intendente Municipal Jorge Molina resuelve adherir al Decreto Provincial Nº 07/2010 de fecha 5 de enero del año 2010.-
SUSPENDIENDO todo tipo de iluminación de carácter ornamentaria de edificios y paseos públicos, disminuir el horario de permanencia del alumbrado publico siempre que no signifique un riesgo a la seguridad, recomendar en la oficinas publicas el justo y necesario uso de los artefactos de refrigeración y su reducción y eliminación si fuera necesario.-
SOLICITANDO a las familias Mercedeñas, comercios, empresas y pequeñas industrias de la ciudad a titulo de colaboración y en base a los principios de solidaridad y equidad ante la crisis, la adopción de medidas de contención y ahorro del consumo mientras subsista el estado de emergencia eléctrica, evitando la permanencia innecesaria y a mero titulo ornamentario de luminarias y demás artefactos eléctricos en sus hogares, comercios, empresas, etc.-
martes, 12 de enero de 2010
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