En la 34º sesión ordinaria de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Corrientes, el jueves 17 de noviembre, se dio media sanción al Proyecto del Senador David Dos Santos por el que se establecen políticas de desarrollo y cooperación para prevenir y contrarrestar el turismo sexual de niños y adolescentes.
Durante la sesión, Dos Santos pidió la palabra y fundamentó su proyecto recordando que meses atrás, Corrientes fue noticia en todos los medios nacionales por ser partícipe de una red de pedofilia, “Esto me llevó a pensar qué tipos de medidas de protección se podían tomar”.
En un viaje para participar del Concejo Federal Legislativo de Salud (Co.Fe.Le.Sa) en la provincia de La Pampa; se dio a conocer que dicha capital era la única ciudad con una ordenanza sobre prevención del turismo sexual de niños y adolescentes, de allí se tomó la idea, teniendo en cuenta la idiosincrasia de Corrientes.
Dos Santos también aclaró que nuestra provincia promociona el turismo en forma seria, pero acotó que se hizo dicha legislación para prevenir; “ya que puede servir para protegernos de este mal que es una epidemia en el mundo” dijo el senador y acotó que, “son medidas sencillas que establecen normas cooperación para evitar la progresión de dichas prácticas, la idea es llevar a la provincia a un nivel de protección mayor”, finalizó el senador.
Sobre el proyecto
El proyecto expresa que se prohíbe a los prestadores de servicios turísticos utilizar publicidad que haga referencia al turismo sexual de niños y adolescentes, dar información a los turistas sobre lugares donde se preste turismo de dicho tipo, conducir a turistas a lugares donde se explote a menores, además de permitir el ingreso de menores a los lugares de alojamiento, bares y negocios similares, así como establecimientos turísticos con fines de prostitución o de abuso sexual.
Además establece que se deberá exhibir en lugares visibles de terminales aéreas, portuarias y terrestres, además de pasos fronterizos y oficinas de turismo un cartel con la leyenda “La explotación sexual de niños y adolescentes, y la trata de personas son severamente penados en la Argentina”.
La Ley también estable deberes para la comunidad; ya que cualquier persona que tome conocimiento de explotación sexual o prostitución de niños tiene la obligación de denunciarlo; también se invita a los municipios a adherirse a la misma.
El incumplimiento de la misma será objeto de sanciones; las mismas se aplicarán a los propietarios de establecimientos donde se infrinja la ley serán responsables de la explotación o abuso de menores, aunque las acciones hayan sido llevadas a cabo por terceros; las mismas serán de multa, suspensión, cancelación de licencia y/o clausura; los montos se actualizarán periódicamente por reglamentación.
0 comentarios:
Publicar un comentario