jueves, 25 de agosto de 2011

Salud Pública busca que en el trabajo los ambientes sean libres de humo

Equipos técnicos de la cartera sanitaria llegan a los barrios, a través de los CAPS para sensibilizar sobre la importancia de reducir la exposición al humo de tabaco y disminuir el consumo para el beneficio de la salud de los trabajadores.

Siguiendo con la política sanitaria preventiva del Gobierno provincial para evitar complicaciones en la salud de los correntinos, un equipo multidisciplinario está llegando a los CAPS barriales para charlar con los trabajadores y vecinos sobre la importancia de contar con ambientes libres de humo, promover la cesación tabáquica y reducir la exposición al humo de tabaco ambiental.

En Argentina se puso en vigencia desde este año, la nueva Ley Nacional de Control de Tabaco que entre otras cosas prohíbe fumar en todos los espacios cerrados de uso público o privado; prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de cigarrillos o productos elaborados con tabaco en los medios de comunicación, entre otras normas.

Desde el Programa Provincial de Control de Tabaco, esta semana se llevó a cabo en el CAPS Nº 1 del barrio “San José”, una charla sensibilizadora sobre “Ambientes de trabajo Libres de Humo de Tabaco” y cuyos objetivos giran en torno a prevenir la iniciación en el consumo, disminuir el consumo, promover la cesación tabáquica y reducir la exposición al humo de tabaco.

CHARLA TALLER
En esta exposición se hizo hincapié sobre los siguientes temas: ¿Qué es un Ambiente Libre de Humo?, ¿Qué es el tabaquismo pasivo? Objetivos de los Ambientes Libres de Humos, beneficios de la salud de los trabajadores, efectos del tabaco sobre la salud, normas y aspectos legales, Ley Nacional de Control de Tabaco, ley N° 26.687.

Caber recordar que los aspectos más importantes de la nueva ley incluyen:
1. Prohibición de fumar en todos los espacios cerrados de uso público o privado incluyendo casinos y bingos, boliches, bares y restaurantes, teatros, museos y bibliotecas, transporte público y estadios cubiertos. Queda expresamente prohibido fumar en lugares de trabajo –tanto públicos como privados. Sólo quedarán exceptuados de esa prohibición los patios, terrazas, balcones y demás áreas al aire libre de los espacios destinados al acceso de público, excepto en las escuelas y servicios de salud donde tampoco se podrá fumar en los patios.

2. Prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio de cigarrillos o productos elaborados con tabaco en los medios de comunicación y también en la vía pública.

3. Inclusión de advertencias sanitarias con imágenes (como “Fumar causa impotencia sexual”, “Fumar causa cáncer” o “Fumar quita años de vida”) y del 0800 222 1002 del Ministerio de Salud (línea gratuita para dejar de fumar). Además ya no podrán utilizarse las denominaciones “Light”, “Suave”, “Milds”, “Bajo contenido de alquitrán” o o términos engañosos similares.

4. Prohibición de la venta a menores de 18 años

5. Prohibición de la venta de cigarrillos en centros de enseñanza, establecimientos hospitalarios, edificios públicos, medios de transporte, y en museos, clubes o lugares de espectáculos públicos, como teatros, cines o estadios deportivos

6. Prohibición de la venta de cigarrillos sueltos, en atados de menos de diez unidades y a través de máquinas expendedoras.

7. Multas de entre 250 y un millón de atados de cigarrillos de 20 del mayor precio por incumplimiento de la ley. La multa recaerá sobre el dueño del lugar y no sobre el fumador.

En la reglamentación de la ley, se establecerá quién y cómo hará las inspecciones.



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