miércoles, 13 de junio de 2012

SE ENCUENTRA EN PLENO FUNCIONAMIENTO Presentaron el Registro Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes Extraviados

Este miércoles fue presentado el Registro que tiene como objetivo centralizar, organizar y entrecruzar la información de toda la provincia, en una base de datos sobre niños, niñas y adolescentes extraviados. Funciona bajo la órbita de la Subsecretaría de Derechos Humanos.

En el Salón Verde de Casa de Gobierno se realizó la presentación oficial del Registro Provincial de Información de Niñas, Niños y Adolescentes Extraviados de Corrientes que funciona bajo la órbita de la Subsecretaría de Derechos Humanos.

Estuvieron presentes, el Subsecretario de Derechos Humanos, Manuel Cuevas, la Coordinadora del Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas, profesora Cristina Fernández, la coordinadora Regional, Bárbara Espínola, representantes de juzgados de Menores, fuerzas de seguridad y de la Comisaría de la Mujer, entre otros.

En la ocasión se expusieron los lineamientos para abordar la problemática de los chicos perdidos o abandonados en la provincia, a partir de la sanción de la Ley 6020, que creó el Registro Provincial de Niños, Niñas y Adolescentes Desaparecidos en el ámbito de la Subsecretaría de Derechos Humanos, y su Decreto Reglamentario Nº 881/12 del 04/05/12.

En virtud de ello, la Subsecretaría de Derechos Humanos es el órgano de aplicación del Registro que tiene como objetivo centralizar, organizar y entrecruzar la información de toda la Provincia, en una base de datos sobre niños, niñas y adolescentes desaparecidos.

Cabe mencionar que previo a la presentación, Cuevas y autoridades del Registro Nacional mantuvieron una reunión operativa en donde en donde se definieron parámetros de articulación entre el organismo nacional y el Registro Provincial de Niños y Adolescentes Desaparecidos, creado mediante Ley 6020 que fue reglamentada en mayo de este año.

“La creación de este Registro es una herramienta fundamental para la búsqueda y el seguimiento de los conflictos sociales de las familias correntinas, sobre todo aquellas de mayor vulnerabilidad”, fueron las palabras iniciales del titular del área de Derechos Humanos provincial, Manuel Cuevas. “Se ha creado en consonancia con el Registro Nacional para diseñar políticas públicas en protección integral de los derechos de los niños y adolescentes”, señaló.

Cuevas enfatizó que no se trata simplemente de un registro o anotación de los datos de los menores extraviados, sino que “va más allá con el seguimiento de los conflictos que puedan haber en el seno familiar. El porqué tomó la determinación de abandonar el hogar. Estamos frente a un problema social grave en el cual el estado debe poner en funcionamiento todos los elementos para encontrar una salida a situaciones tan dolorosas”.

Para dicha tarea, Cuevas mencionó que se contará con la colaboración de los Juzgados de Menores, la Policía de la provincia, Minoridad y Familia, los Consejos Provinciales de la Mujer y de la Niñez, Adolescencia y Familia, y todas aquellas Ong´s, asociaciones y fundaciones, comprometidas en la lucha por defender los derechos del niño.

Cuevas no dudó en afirmar que es vital “un fuerte compromiso social para combatir este flagelo”, a lo que agregó que la provincia de Corrientes se encuentra en una zona de riesgo en relación a la trata de personas, tráfico de drogas y armas y sectas que captan niños.” Hay que luchar contra esas mafias y darnos cuenta que el enemigo es muy grande”, aseveró.

Indicó a su vez que un “un chico perdido está en gravísimo peligro, ya que está expuesto a delitos como el abandono, las adopciones ilegales, la explotación sexual y laboral y el tráfico de órganos. Por esta razón, el Estado tiene la obligación indelegable de articular los esfuerzos de los organismos nacionales, provinciales y municipales dedicados a la lucha contra las violaciones de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y asegurar la más rápida y eficaz respuesta ante una denuncia, la cual debe ser tomada inmediatamente”.

Asimismo, Cuevas dejó en claro que en los próximos días se designará a un Director que estará al frente del Registro Provincial, junto a su equipo interdisciplinario y se dará a conocer el número gratuito para realizar las correspondientes denuncias.

En tanto, la Coordinadora del Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas, Cristina Fernández informó que en la Argentina, desde el año 2003 al 31 de diciembre de 2011 se recibieron 20.387 denuncias de extravío, en donde el 80% son abandonos voluntarios de domicilios por maltrato.

A la vez que precisó que en Corrientes desde el 2003 a la fecha se recepcionaron 437 denuncias y actualmente “estamos buscando 117 chicos, 80 en la capital de Corrientes. La franja etaria va de los 12 a 17 años”.

La funcionaria aseguró que en un 70% de los casos “hablamos de abandono voluntario de domicilio, es decir fuga de hogar”. “Nos encontramos en la mayoría de los casos con situaciones en el entorno familiar con maltrato infantil intrafamiliar. Son víctimas de maltrato, ya sea físico, emocional, psicológico, sexual y en muchos casos por haber sido testigos de violencia de género, en los casos que los padres agreden a las mamás. Un chico fuera de su casa es un chico en riesgo, aunque no siempre la casa es el mejor lugar y ahí tiene que aparecer el estado para ver cual es el lugar que mejor le conviene al chico”, acotó.

Al referirse al trabajo en conjunto que se desplegará con el Registro en Corrientes, Fernández mostró su beneplácito por el pleno compromiso del gobierno provincial en abordar el flagelo, a la vez que destacó que será fundamental la conformación de una unidad de “trabajo interdisciplinario, conformado por trabajadores sociales, psicólogos, abogados y otros. Que siga los casos de chicos en Corrientes, a partir de una normativa que es nueva en la provincia”.

El Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas depende de la Secretaría de Derechos Humanos de la nación y puede contactarse a través de las líneas gratuitas 142 y 0800-122-2442.

También puede contactarse mediante la dirección de correo electrónico juschicos@jus.gov.ar y visitarse el sitio www.jus.gov.ar/juschicos, donde está disponible el informe de gestión 2011 y pueden imprimirse los posters para colaborar con la difusión de las fotografías de los chicos que están siendo buscados o que esperan ser encontrados por sus familias.

Ley Provincial 6020
Los articulados que hacen a la Ley Provincial Nº 6.020 , que instrumenta el funcionamiento del Registro Provincial, señalan que a los efectos de esta Ley, se entenderá por “Desaparecido” a todo niño, niña o adolescente, cuando su paradero sea denunciado como desconocido por sus padres, tutores, guardadores, quienes circunstancialmente pudieran tener su custodia o cualquier otra persona, y que por las circunstancias del caso hagan presumir que el niño, niña o adolescente, por si o por acción de otra persona, ha sido sustraído del cuidado o control de quienes están autorizados sin el consentimiento ni el conocimiento de los mismos, así como aquello que se encuentren en establecimientos de atención, resguardo, de pensión o internación en todos los casos en que se desconociesen sus datos filiatorios o identificatorios.

Toda dependencia policial o judicial que recibiere denuncia o información sobre niño, niña o adolescente desparecido, deberá comunicarlo de inmediato, dentro del plazo máximo de doce (12) horas de recepcionadas al Registro Provincial, así como también, los casos que se hubieren encontrado; y toda información que fuere conveniente para su localización.

Los Jueces y Miembros del Ministerio Público en ejercicio de sus funciones tendrán acceso a la información del registro. Los padres, tutores o guardadores también podrán acceder a dicha información mediante presentación escrita y autorización legal.

Será Autoridad de Aplicación de esta ley la Subsecretaría de Derechos Humanos que se encuentra facultada para: Celebrar convenios de mutua coordinación y cooperación con el Gobierno Nacional, las provincias, los municipios y con instituciones específicas gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales tendientes a la prevención y recuperación inmediata de los menores extraviados; al igual que con empresas concesionarias de la Provincia de Corrientes, con el objeto de difundir en sus facturas imágenes de niños que se hallan incluidos dentro del Registro.

Podrá requerir asistencia a los organismos competentes dependientes de la Provincia de Corrientes, a fin de brindar contención y respaldo a los familiares del menor desaparecido.

Tendrá la misión de coordinar con la Dirección General del Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas -creado por Ley 25.746- o con Registros de otras Provincias, acciones para el intercambio ágil y eficaz de los datos contenidos en el Registro Provincial.

Asimismo, está facultada para desarrollar una “Guía de Consejos de Prevención y Acciones” a seguir en caso de menores extraviados, la cual deberá ser difundida en las páginas Web oficiales y en todos los Centros Educativos de la Provincia y coordinar acciones con las fuerzas de Seguridad Provinciales, Nacionales e Internacionales a los fines de prevención y búsqueda de menores extraviados.-

En cuanto al acceso a la información, la reglamentación de la presente Ley establecerá las pautas y requisitos que deberán cumplimentarse en forma previa para el acceso a la información existente en el Registro, como así también para la difusión pública de los datos registrales, de forma tal de garantizar -cuando corresponda- la confidencialidad de la información en resguardo de los menores involucrados.

En tanto, el Poder Ejecutivo Provincial a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, efectuará las gestiones pertinentes ante el Poder Ejecutivo Nacional, a fin de implementar las medidas necesarias para que las Empresas concesionarias, licenciatarias y permisionarias de obras y servicios públicos de jurisdicción nacional, publiquen a través de facturas, comunicaciones, y/o cualquier y/o cualquier otro medio que resultare idóneo, fotografías de los menores extraviados.

En la tarea de difusión, se invitará a los Medios de Comunicación Social de la Provincia de Corrientes, ya sean gráficos, radiales o televisivos, a colaborar con los objetivos de la presente Ley en la localización de las niños, niñas y adolescentes extraviados, a través de la difusión y publicación de imágenes y datos respectivos.

El Registro Provincial funcionará todos los días, incluso feriado e inhábiles y tendrá habilitado una línea telefónica permanente, especial, que operará sin cargo directo para el usuario, durante las 24 horas del día, para recibir y brindar información relacionada a su función específica.



0 comentarios: