La Dirección de Parques y Reservas de la provincia de Corrientes informó que se encuentra implementando un Plan de Ordenamiento Turístico (POT) para la Reserva y el Parque Iberá.
En ese sentido tuvo lugar hace pocos días un encuentro de su director, Dr. Marcelo Beccaceci, con los prestadores turísticos de la localidad de Carlos Pellegrini con el fin de regularizar el estado de las cerca de 30 embarcaciones utilizadas para excursiones náuticas en la Laguna Iberá.
“Se trata de ordenar la actividad a fin de brindar mayor seguridad a los turistas y a los propios prestadores” comentó el Dr. Beccaceci, quien además gestionó la visita de una delegación de la Prefectura Naval Argentina con el fin de trabajar en conjunto con los guías independientes y de los distintos establecimientos hoteleros que conducen estas embarcaciones.
La Dirección de Parques y Reservas impuso por el momento un límite a la cantidad de embarcaciones que operan en la laguna y sus propietarios cuentan con un plazo de 60 días a fin de inscribirlas en el registro de la Prefectura, regularizar las documentaciones e incorporar los imprescindibles elementos de seguridad. Por otra parte, los conductores deberán realizar el curso de timonel, para lo cual la Prefectura ya ha comprometido su participación. “Estas medidas contribuirán a mejorar las excursiones, permitiendo además que los prestadores turísticos locales se vean beneficiados al ofrecer servicios que ofrezcan calidad y seguridad” comentó el funcionario.
El Plan de Ordenamiento Turístico (POT) elaborado por la Dirección de Parques y Reservas incluye normas para la autorización y el control de accesos públicos y privados con fines turísticos, hacia el interior del Iberá. “El papel del estado provincial es indelegable en este tema y nuestra Dirección, como autoridad de aplicación, es la que debe autorizar a quienes quieran desarrollar actividades turísticas accediendo a terrenos fiscales dentro de la Reserva y del Parque,” recalcó el Dr. Beccaceci quien agregó que “toda área natural protegida tiene su zonificación, la que incluye zonas de máxima protección y otras donde sí pueden realizarse actividades siempre y cuando se cumplan con los requisitos de sustentabilidad establecidos”.
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