
En estos momentos la Ley presentada por Dos Santos se encuentra desde el miércoles 28 de julio en la Comisión de legislación del trabajo, salud pública y desarrollo social, de la Cámara de Diputados y cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores; cabe destacar que de ser aprobada Corrientes tendría el primer banco de leche materna de la provincia para beneficiar a los niños desde el nacimiento hasta los meses en el caso de madres con HIV, enfermedades infecto contagiosas transmisibles por la leche materna o alguna patología que demuestre ser contradictoria con la lactancia y el amamantamiento.
La Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) hace un llamamiento a los hospitales y establecimientos sanitarios a garantizar que todas las madres y lactantes a los que asisten gocen de los beneficios plenos del amamantamiento.
Los diez pasos recomendados para todos los establecimientos que proporcionan servicios de maternidad y atención para recién nacidos son:
• Tener una política por escrito sobre lactancia que pone en conocimiento del personal de la maternidad rutinariamente.
• Capacitar al personal de salud en las habilidades necesarias para implementar esta política.
• Informar a todas las embarazadas acerca de los beneficios y el manejo de la lactancia.
• Ayudar a las madres a iniciar la lactancia durante la primera hora después del parto.
• Mostrar a las madres cómo amamantar, y cómo mantener la lactancia aún en caso de separación de sus bebés.
• No dar a los recién nacidos alimento o líquido que no sea leche materna a no ser que esté médicamente indicado.
• Practicar el alojamiento conjunto; permitir a las madres y sus recién nacidos permanecer juntos las 24 horas del día.
• Alentar la lactancia materna a demanda.
• No dar biberones, cupones ni chupones de distracción a los bebés que amamantan.
• Formar grupos de apoyo a la lactancia materna, referir a las madres a estos grupos en el momento del alta del hospital o clínica.
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